http://abc.gov.ar/lainstitucion/organismos/legalytecnica/leyesresoluciones/default.cfm
LA PLATA, 30 de marzo de 2006
Visto el Expediente Nº 5801-889.834/06; y
CONSIDERANDO:
Que las EXPERIENCIAS DIRECTAS, LECCIONES PASEO O SALIDAS organizadas bajo el
control de la autoridad educativa, constituyen un marco propicio para el
desarrollo de la autonomía, creatividad y sentido crítico del educando;
Que
resulta pertinente y procedente, en el marco de consolidar en los
establecimientos educativos a través de sus recursos humanos, un cambio en
la concepción respecto a la naturaleza de las lecciones-paseo y/o salidas,
bajo el control de la autoridad educativa,
en
cuanto a su procedimiento, tramitación e implementación;
Que
tal actividad conlleva una efectiva práctica profesional y responsable de la
función docente;
Que debe propiciarse, con restricciones inevitables, el ejercicio de la
autonomía institucional, con especial referencia a las experiencias
directas;
Que
tales acciones desarrolladas implican que los menores de edad que participan
de este tipo de experiencias, se encuentran “bajo control de autoridad
educativa” y el establecimiento educativo, en su condición de parte
integrante de la Dirección General de Cultura y Educación, tiene
obligaciones específicas de deber, de cuidado y vigilancia activa del
menor;
Que
el ámbito espacial de aplicación respecto de las experiencias directas,
lecciones-paseo y/o salidas organizadas bajo el control de la autoridad
educativa, implica que las mismas son organizadas, promovidas y vigiladas
por la Dirección General de Cultura y Educación y ejecutadas por parte del
personal educativo;
Que
las mismas pueden ser concretadas también en el marco de Programas en
ejecución como PATIOS ABIERTOS y otros a implementar;
Que
resulta dable destacar que los viajes de egresados y/o de esparcimiento
contratados por alumnos, que se realizan a un lugar determinado sin la
dirección ni control de la autoridad educativa, escapan a la responsabilidad
regulada por el ARTICULO 1117 del Código Civil y, por lo tanto, no forman
parte de las actividades normadas por la presente y se encuentran
encuadradas dentro de la normativa nacional aplicable a “turismo
estudiantil”, encontrándose reglamentadas por RESOLUCIÓN N° 118/05 y su
modificatoria RESOLUCIÓN N° 987/05 de la Secretaría de Turismo de la Nación,
notificada a esta Dirección General de Cultura y Educación por nota del
Consejo Federal de Cultura y Educación N° 1268/05;
Que
el Consejo General de Cultura y Educación aprobó el despacho de la Comisión
de Asuntos Legales en Sesión de fecha 22-XII-05 y aconseja el dictado del
correspondiente acto resolutivo;
Que
el artículo 33 inc. e), Ley N° 11.612 habilita al Director General de
Cultura y Educación para el dictado de la presente;
Por
ello,
LA DIRECTORA GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN
R E
S U E L V E:
ARTÍCULO 1°: Derogar toda norma que se oponga a la presente.
ARTÍCULO 2°: Aprobar la normativa reglamentaria aplicable a la realización
de experiencias directas, lecciones-paseo y/o salidas bajo el control de la
autoridad educativa, en establecimiento estatales o privados, de todas las
Direcciones Docentes, Niveles y Modalidades del Sistema Educativo
Provincial.
ARTÍCULO 3°: Justificar, cuando correspondiere, las inasistencias del
personal docente que desempeñándose simultáneamente en varios servicios
educativos deban acompañar a los alumnos de los establecimientos donde
cumplen funciones. Fijándose a tal efecto un máximo de 15 días hábiles por
año, no afectando la normal percepción de sus haberes y la bonificación por
presentismo correspondiente a su régimen laboral. El máximo de días fijados
en el presente no podrá acumularse a los establecidos por la resolución N°
1457/02
ARTÍCULO 4°: Aprobar los Anexos I que consta de 2 (DOS) fojas, II que consta
de 1 (UNA) foja, III que consta de 1 (UNA) foja, IV que consta de 1 (UNA)
foja, V que consta de 1 (UNA) foja y VI que consta de 1 (UNA) foja como
parte integrante de la presente RESOLUCION.
ARTÍCULO 5°: Determinar que la Subsecretaría de Educación dispondrá
sobre cuestiones no pautadas en esta Resolución, previo dictamen del Consejo
General (ARTICULO 43 ley 11612).
ARTICULO 6°: Establecer que la presente RESOLUCION será refrendada por el
señor Vicepresidente 1° del Consejo General de Cultura y Educación y la
señora Subsecretario de Educación.
ARTICULO 7°: Registrar esta RESOLUCION que será desglosada para su archivo
en la Dirección de Coordinación Administrativa, la que en su lugar agregará
copia autenticada de la misma; comunicar al Departamento Mesa General de
Entradas y Salidas; notificar al Consejo General de Cultura y Educación; a
la Subsecretaría de Educación; a la Subsecretaría Administrativa; a la
Dirección Provincial de Educación de Gestión Estatal; a la Dirección
Provincial de Educación de Gestión Privada; a la Dirección Provincial de
Inspección General; a la Dirección Provincial de Política Socio-Educativa y
a todas las Direcciones Docentes y Administrativas. Cumplido, archivar.
RESOLUCION N° 426/06
A N
E X O I
Normativa para la realización de Experiencias directas, Lecciones-paseo y/o
salidas bajo el control de la autoridad educativa
De
la conceptualización de las actividades
Los
diseños curriculares vigentes persiguen la vinculación de los saberes y los
haceres. La vinculación de los aprendizajes con la realidad circundante
puede asumir numerosas formas.
Algunas de ellas incluyen el traslado de alumnos y docentes fuera del ámbito
edilicio del Establecimiento.
Se distingue así entre:
1. EXPERIENCIA DIRECTA
Se entiende por experiencia directa la salida organizada de alumnos/as bajo
control de autoridad educativa durante el horario de clase o en ejecución de
algún Proyecto o Sub-proyecto del PEI (toda actividad en turno o contraturno
que implique ejecución de diseño curricular) y con desplazamiento pedestre o
por medio de locomoción individual. La distancia máxima de traslado será
fijada en el ámbito distrital con intervención de la totalidad de los
establecimientos de cada Rama y su Supervisión. Deberá ser comunicada por
ésta al Consejo Escolar, a la Inspección Distrital y a la Superioridad.
No requiere de autorización previa del padre, madre o tutor y la Institución
deberá comunicar fehacientemente la realización de la misma (en el Nivel
Inicial, el reconocimiento del entorno comunitario; en la Dirección de
Educación Especial, la venta de los productos elaborados por sus alumnos,
etc).
2. LECCIONES PASEOS
Se entiende por tal la ejecución de diseño curricular de cualquier Rama,
Nivel o Modalidad que, por la distancia a recorrer, obligue a la
contratación de transporte público de pasajeros. El “bajo control de
autoridad escolar” comprende la totalidad del tiempo que la misma insuma,
desde el momento en que los alumnos comienzan la actividad programada hasta
que ésta termine.
La
autorización del padre, madre o tutor para realizar la actividad no
requerirá de otra certificación que la de las autoridades de la Institución.
3. CAMPAMENTOS
Se entienden por tales las actividades comprendidas en la Resolución N°
1457/02. Esta resolución se aplicará también a todas las actividades que se
organicen a través de los Centros de Educación Física.
Del
marco jurídico
Todas ellas son parte de las actividades escolares que caen bajo la
normativa vigente del Código Civil, en especial el ARTICULO 1117 del mismo,
cuya parte pertinente se transcribe a continuación: “Los propietarios de
establecimientos educativos privados o estatales serán responsables por los
daños causados o sufridos por sus alumnos menores de edad cuando se hallen
bajo control de autoridad educativa, salvo que probaren el caso fortuito.
Los establecimientos educativos deberán contratar un seguro de
responsabilidad civil. A tales efectos, las autoridades jurisdiccionales,
dispondrán las medidas para el cumplimiento de la obligación precedente.”
Del
seguro de responsabilidad civil
Para llevar a cabo el procedimiento para la denuncia del siniestro, el
establecimiento educativo o quien corresponda, a los efectos de un mejor
accionar deberá comunicarse a la Dirección de Contabilidad y Finanzas –
Departamento Subsidios-, Oficina 20, Calle 54 entre 12 y 13 LA PLATA,
Teléfonos (0221) 429-7701 (FAX); (0221) 427-4357; 429-7690 ó 7638.
De
la planificación
Al
inicio del ciclo lectivo o al momento de la primera matriculación del
alumno/a se notificará a sus responsables (padre, madre o tutor o quien
detente la guarda) del PEI y las actividades que conlleva su ejecución y de
la presente resolución.
Toda experiencia directa, lección-paseo, campamento o salida organizada bajo
el control de la autoridad educativa, deberá estar enmarcada dentro del PEI
y PCI de cada establecimiento educativo.
La
finalidad pedagógico-didáctica de estas actividades presenta tres aspectos:
a- los recaudos administrativos a cumplir para su realización; b- la
vinculación de la actividad con el diseño curricular en ejecución y c- el
adecuado aprestamiento de las conductas de docentes y alumnos según el
lugar a visitar con un fuerte acento en lo actitudinal con especial énfasis
en la prevención a los efectos de evitar cualquier contingencia negativa.
El proyecto contendrá:
Expectativas de Logro
Contenidos
Evaluación.
Lo anteriormente señalado en relación con el Diseño Curricular de la
Jurisdicción.
Del tiempo de realización de las experiencias directas, las lecciones-paseo,
campamento y otras salidas
Deberá tenderse que las actividades previstas en esta Resolución no se
extiendan más allá del 30 de Noviembre del Ciclo Lectivo. La Supervisón
Áreal autorizará aquellas que, por razones no imputables a la institución,
deban realizarse más allá de esa fecha.
Del
personal docente acompañante
Podrán acompañar al grupo la totalidad del personal del establecimiento
comprendido en la Ley 10579 Estatuto del Docente, en la proporción que
corresponda según la Rama del establecimiento. A esos efectos se considerará
parte del establecimiento el personal sujeto a rotación perteneciente a
cualquier Rama del sistema. También podrán hacerlo docentes de otros
establecimientos que, a los efectos de la actividad de la que participan,
asumen igual responsabilidad que los de la propia institución. Igual
criterio se aplicará para las Unidades Académicas o las Instituciones que
cuenten con la figura de Director Institucional.
Dada la responsabilidad que asigna la ley al docente a cargo de alumnos,
éste no podrá viajar con sus hijos u otros familiares menores de edad,
excepción hecha de que estos integren como alumnos el grupo respectivo. Si
éstos resultaren alumnos del grupo a movilizar quedarán bajo la
responsabilidad de otro docente.
De
los Alumnos
El
grupo de alumnos que se desplace deberá constituir como mínimo el ochenta
(80) por ciento de la matrícula del año y/o sección, pudiendo participar
varios grupos. En este supuesto, bastará con el setenta y cinco (75) por
ciento.
El
alumnado que no concurra deberá asistir a clase y ser atendidos por
docentes del establecimiento. Caso contrario registrará inasistencia.
Se
requiere por parte de las autoridades del establecimiento educativo,
instrumentar todas las acciones necesarias para que los menores concurran en
su totalidad.
De los Acompañantes no docentes
Se consideran tales a padres de alumnos, alumnos de I.S.F.D. y I.S.F.T. que
realizan las prácticas y/o pasantías respectivas, miembros de cooperadora y
el personal del establecimiento comprendido en la ley 10430.
Bajo ningún aspecto se los podrá considerar responsables de la vigilancia
del menor.
De
la relación docente-alumno
Para el Nivel Inicial (3 a 5 años): un (1) docente entre cinco (5) como
mínimo y siete (7) alumnos como máximo o fracción mayor de esta cifra.
Para el Nivel de EPB y ESB, incluido CEC: un (1) docente entre diez (10)
alumnos como mínimo y doce (12) alumnos como máximo o fracción mayor de
esta cifra.
Para el Nivel Polimodal en todas sus Orientaciones y Modalidades: un docente
entre doce (12) y quince (15) alumnos como máximo o fracción mayor de esta
cifra.
Para la Educación Especial: la relación docente alumno variará según la
modalidad que corresponda.
Del
Transporte
Recaudos a fiscalizar previa lección-paseo y/o salida bajo el control de la
autoridad educativa
ü
Póliza de seguro de responsabilidad civil del vehículo (paga y vigente)
ü
Habilitación municipal, provincial y/o
nacional para el traslado de personas, según el caso.
ü
Verificar la condición de habilitación otorgada
por la autoridad competente, conforme al Código de Tránsito de la Provincia
de Buenos Aires -Ley N° 11.430/93-, sus modificaciones y su
Reglamentación/Decreto N° 2.719/94: Verificación Técnica Vehicular, Cédula
verde, carnet de conductor profesional del chofer o choferes.
ü
Lecciones-paseo y/o salidas en el área del
Delta: constatar el cumplimiento de las medidas de seguridad aprobados por
Prefectura Naval Argentina (chalecos salvavidas individuales del total del
pasaje, matafuegos, etc.), para la tripulación.
ü
La cantidad de pasajeros sentados del vehículo
deberá respetarse estrictamente. Su incumplimiento, aunque sea consentido
por la empresa, dejará al vehículo sin seguro.
Del
lugar de realización
Para las lecciones-paseo y/o salidas de más de veinticuatro (24) horas de
duración, el director del establecimiento educativo y/o responsables de la
autoridad, verificará las características del lugar a visitar. Deberá tener
en cuenta:
ü
Infraestructura disponible
ü
Hospital o centro asistencial más cercano
(dirección y teléfono)
ü
Medios de transporte para su ingreso y/o egreso
ü
Comisaría de la zona (dirección y teléfono)
ü
Vías de comunicación telefónica existente en el
lugar
De
la denuncia de los accidentes:
La
denuncia debe formalizarse inmediatamente tanto por ante el Consejo Escolar
del Distrito como a la Dirección de Contabilidad y Finanzas Departamento
Subsidio y Certificaciones Oficina 20, calle 54 entre 12 y 13 de la ciudad
de La Plata.
Teléfonos 0221-4297701 (FAX)/ 4274357 / 4297690/4297638.
A N
E X O I I
Instancias Jerárquicas para la presentación de la solicitud y aprobación de
lecciones-paseo y/o salidas
Jurisdicción donde se realizará
Responsable de la autorización
Plazos de presentación de documentación/comunicación
Tramitación
Observaciones
Experiencias directas dentro del radio de influencia del establecimiento
educativo
ü
Dirección del establecimiento
ü
Programado según PEI
ü
No se eleva documentación
ü
Comunicación ESCRITA a la Supervisión y al
Consejo Escolar
Dentro del distrito, para lección paseo y/o salidas con regreso en el día
ü
Dirección del establecimiento con comunicación
al Inspector Distrital y al Consejo Escolar
ü
Diez (10) días hábiles de anticipación
ü
No se eleva documentación excepción hecha de la
correspondiente al seguro del Bapro. Idem anterior y remisión listado a
Consejo Escolar y Supervisión
Fuera del distrito para salidas con regreso en el día
ü
Con autorización del Inspector Áreal
ü
Veinticinco (25) días hábiles de anticipación.
ü
La dirección del establecimiento elevará la
documentación al Inspector Áreal, quien devolverá la documentación con la
criterio favorable o no.
ü
Remisión listado de participantes al Consejo
Escolar
Fuera del distrito para salidas de más de veinticuatro (24) hs. de duración
ü
Con autorización del Inspector Áreal y
posterior comunicación al Jefe Regional
ü
Treinta y cinco (35) días hábiles de
anticipación
ü
La dirección del establecimiento elevará la
documentación al Inspector del distrito, el mismo devolverá la documentación
con la autorización respectiva
ü
Idem al anterior
Al
exterior del país
ü
Con autorización del Inspector Regional
ü
Cuarenta y cinco (45) días hábiles de
anticipación
ü
Cada instancia emite criterio: Director,
Inspector Distrital, Inspector Regional
ü
Idem al anterior
Las
actividades comprendidas en esta resolución que se organicen en el marco
del Programa Patios Abiertos deberán ser autorizadas, en todo los casos, por
el Inspector Distrital con comunicación del listado de participantes al
Consejo Escolar. Son de aplicación la totalidad de las prescripciones de
esta resolución a dicho Programa.
A N E X O I I I
Solicitud para realizar lecciones-paseo y/o salidas organizadas bajo el
control de la autoridad educativa
Región ________ Distrito________________________________
Establecimiento Educativo __________________
Domicilio ____________________________ Teléfono ______________
Lugar a visitar _____________________________
Fecha de salida __________ Lugar _____________ Hora ___________
Fecha de regreso __________ Lugar _____________ Hora ___________
Itinerario (detalle pormenorizado del mismo)
__________________________________________________________
__________________________________________________________
__________________________________________________________
__________________________________________________________
Datos del/los docente/s a cargo
Apellido y Nombre _____________________
Cargo________________
Cantidad de docentes acompañantes _______
Cantidad de alumnos _______
Cantidad de personal no docente acompañantes _______
Total de personas__________
A N
E X O I V
Planilla de Salud para lecciones-paseo y/o salidas
Fecha ....... /....... /.......
Apellido y Nombres del Alumno
.............................................................................
Apellido y Nombres del Padre, Madre o Tutor
..........................................................
........................................................................................................................
Dirección ..........................................................
Teléfono: .................................
Lugar a Viajar
....................................................................................................
1.
Es alérgico: (si) (no) a qué?
..............................................................
.........................................................................................................................
2.
Ha sufrido en los últimos 30 días (marcar con una x)
a)
Procesos Inflamatorios (___)
b)
Fracturas o esguinces (___)
c)
Enfermedades infecto-contagiosas (___)
d)
Otras
.......................................................................................................
3. Está tomando algunas medicación (si) (no)
En caso de respuesta positiva indique cuál?
........................................................
....................................................................................................................
4. Deje constancia de cualquier indicación que estime necesario deban
conocer el personal médico y docente a cargo:
.......................................................................
....................................................................................................................
5. Tiene Obra Social? (acompañe carnet o copia de carnet y
órdenes) (si) (no)
Dejo constancia de haber cumplimentado la planilla de salud de mi hijo/Hija
.......................................................................................
en ..............................................
a
los ................... días del mes de ....................................
del año ........................
autorizando por la presente (en caso de emergencia) a actuar según lo
dispongan los profesionales médicos.
La
presente se realiza bajo la forma de declaración jurada con relaciona los
datos consignados ut supra
...............................................
.....................................................
Firma Padre, Madre o Representante legal Aclaración de
la Firma
A N
E X O V
Planilla de Personal, Alumnos y Acompañantes
Escuela N° __________________________ Localidad __________________
Apellido y Nombre Documento CATEGORIA
La presente
lista tendrá validez para toda tramitación oficial que se realice (Seguros,
Transportes, Consejo Escolar, Supervisión, etc.). Deberán confeccionarse un
mínimo de cinco ejemplares (Contingente, Escuela, Consejo escolar,
Transportista, Supervisión)
SUPERVISOR
Sello DIRECTOR/A
A N E X O VI
Autorización
para concurrir a la lección paseo y/o salida
Por la presente
autorizo a mi hijo/a………………………………………………………………………….
DNI
N°……………………….. domiciliado en la calle………………………….……. de la localidad de
……………………… T.E. …………………………que concurre al Establecimiento Educativo N°……. de
la localidad de ………………………... a participar del (Evento) ………………………………… en la
localidad de …………………… el/los días …………. mes de ……………….del presente ciclo
lectivo.
Que he sido
informado de las características particulares de dicho evento educativo,
como así también de los responsables de las actividades a desarrollar,
medios de transporte a utilizar y lugar donde tendrá lugar dicha actividad.
Las personas a
cargo del cuidado y vigilancia activa de los menores, no serán responsables
de los objetos u otros elementos de valor que los mismos puedan llevar.
Lugar:
Fecha:
Firma Padre, Madre, Tutor:
DNI N°
TE. De Urgencia
(consignar varios)