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PROVINCIA DE BUENOS AIRES
PODER EJECUTIVO
LA PLATA, 5 FEB 1997
Visto el expediente 07101/85 y agregados, que trata sobre la donación
ofrecida por el Banco Hipotecario Nacional a favor del Estado Nacional (Ex
Ministerio de Educación y Justicia - Consejo Nacional de Educación Técnica),
de un inmueble ubicado en el partido de La Matanza destinado a la ENET N° 1
de Villa Recondo, y
CONSIDERANDO
Que dicho bien se designa según plano de mensura, unificación y subdivisión
característica 70-134-82 como Circunscripción VIII, Sección C, Fracción III,
Parcela 3, con superficie de 5.032,17 m2 ,
donde funciona el referido establecimiento;
Que a fojas 184 la
Dirección Gen eral de Asuntos Legales del Ministerio de Cultura y Educación
de la Nación, expresa que en atención a la Ley de Transferencia de los
Servicios Educativos a las Provincias - Ley 24049 - y el convenio de
Transferencia con la Provincia de Buenos Aires - Ley 11524/93 -, en cuya
Cláusula Décimotercera se declara a esta provincia como cesionaria a título
universal de los bienes inmuebles y derechos del Estado Nacional,
corresponde que la Provincia de Buenos Aires, por intermedio de los
organismos competentes, perfeccione la inscripción de dominio a nombre del
Estado Provincial, del inmueble cuya donación fue aceptada por Resolución
del Consejo Nacional de Educación Técnica N° 889p del 3 de julio de 1990,
"ad-referendum" del Poder Ejecutivo Nacional;
Que han tomado la
pertinente intervención la Asesoría General de Gobierno y la contaduría
General de la Provincia;
Que el señor Fiscal de Estado, en la vista obrante a fojas 195, estima que
puede dictarse el pertinente acto administrativo por el cual se de
intervención a la Escribanía General de Gobierno, a efectos de la
realización de los actos notariales de rigor (artículo 1810 "in fine" del
Código Civil), de conformidad con lo estatuído en la Cláusula 22 del
Convenio aprobado por la precitada Ley 11524;
Que la Subdirección de Propiedades informa que el inmueble de autos está
incluido en el Anexo I "Listado de inmuebles a transferir" de la mencionada
Ley 11524 y propicia el dictado del acto administrativo en los términos
señalados en el penúltimo párrafo de la vista del señor Fiscal de Estado;
Por ello y atento a las facultades conferidas por la Ley n° 11612, artículo
33, inciso a),
LA DIRECTORA GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1°.- Dar intervención a la Escribanía
General de Gobierno con el fin de que proceda a la realización de los actos
notariales de rigor (artículo 1810 "in fine" del Código Civil), de
conformidad con lo estatuído en la Cláusula 22 del Convenio aprobado por la
Ley 11524, tendientes a incorporar al patrimonio de la Provincia de Buenos
Aires, con la afectación a esta Dirección General de Cultura y Educación, el
inmueble ubicado en el partido de La Matanza designado catastralmente según
plano de mensura, unificación y subdivisión característica 70-134-82 como
Circunscripción VIII, Sección C, Fracción III, Parcela 3, con superficie de
5.032,17 m2
.
ARTICULO 2°.- La presente Resolución será
refrendada por el señor Subsecretario Administrativo.
ARTÍCULO 3°.- Registrar esta Resolución que será
desglosada para su archivo en la Dirección de Despacho, en la que en su
lugar agregará copia autenticada de la misma; notificar al señor Fiscal de
Estado, comunicar a la Subsecretaría de Educación, Dirección Provincial de
Infraestructura, Dirección de Educación Media, Técnica y Agraria, de
Planeamiento, de Administración Contable, de Coordinación de Consejos
Escolares, Subdirección de Propiedades y consejo Escolar de La Matanza.
Cumplido, remitir a la Escribanía General de Gobierno a los fines indicados
en el artículo 1°.
Fdo Dr.
Roberto Alberto Palacio
Subsecretario Administrativo
Dirección
General de Cultura y Educación
Provincia de
Buenos Aires
Fdo.
Dra. Graciela María Giannettasio
Directora Gral. de Cultura y Educación
Provincia de Buenos Aires
RESOLUCIÓN N° 670
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