E.E.T. N° 9 Crucero A.R.A. General Belgrano

CTCrucero A.R.A. General Belgrano

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¿Por qué Reglas y no Leyes de Convivencia?

 

¿De qué estamos hablando cuando nos referimos a leyes y sobre que, cuando nos referimos a reglas?

LEYES

REGLAS

Son históricas.

Ordenan el deseo.

Las leyes implican trasgresión.

Las leyes son conservadoras.

Las leyes son impuestas.

Las leyes se vinculan con la Moral: La Moral nos enseña cómo hacer correcto.

 

Son arbitrarias y convencionales.

Ordenan las relaciones.

Las reglas implican seguimiento. Se aplican cuando son conocidas es decir "aprendidas".

Las reglas son transformadoras.

Las reglas son construidas.

Las reglas se vinculan con la Ética. La Ética nos enseña cómo y porqué y para que hacer el bien; cómo actuar de un modo eficaz.

 

 

En síntesis:

Las reglas no sólo se aprenden sino que se “aprehenden”, son una convención a “construir entre todos” y permiten la transformación de las personas dentro de la sociedad en la que estén inmersas, ya se trate de la familia, la escuela o cualquiera de los espacios de convivencia humana.

Acciones que favorecen la convivencia:

Acciones que no favorecen la convivencia:

Aceptar lo diverso

Apreciar y estimar los esfuerzos y los procesos

Percibir al otro

Armonizar las relaciones entre las personas

Convenir acordando opiniones y creando responsabilidades

Contener y Escuchar intentando acompañar a quien lo necesite

Comprometer e Integrar

Debatir expresando ideas diferentes

Confiar y Descubrir

Consensuar y Decidir

Conocer y Reconocer articulando la correspondencia entre ideas y actos

Cuestionar, Preguntar y Dudar

Animar, dar vida, vigor

Componer, reparar

Considerar y respetar

Recordar para no repetir

Compartir
Incluir aceptando la diferencia

Preguntar y Responder para posibilitar el diálogo

Ofender
Maltratar
Dañar
Abusar
Golpear
Lastimar
Injuriar
Calumniar
Subestimar
Despreciar
Herir

Envíanos una acción que pueda favorecer o no la convivencia para incluirla en el cuadro

¿Qué decimos cuando hablamos de convivencia? ¿Conocemos realmente el significado de las palabras que usamos?

Estas son algunos de los interrogantes que podemos formularnos a la hora de hacer un análisis profundo de este tema, de reflexionar sobre las normas que sustentan teóricamente la convivencia humana, en sus múltiples ámbitos y en las diferentes etapas de la vida.

Este pequeño glosario, comprende la etimología, el significado y la inclusión de sinónimos de algunos de los muchos términos que nutren el concepto de la convivencia, para alcanzar, desde una mejor comprensión del lenguaje, el enriquecimiento de los contenidos y la adopción de conductas acertadas.

Convivir

Vivir juntamente con otro u otros.

Cohabitar

Convivencia: acción de convivir.

Ley

(Del latín lex, legis.) Regla y norma constante e invariable de las cosas, que tiene su origen en la causa primera o en sus propias cualidades y condiciones. Precepto emanado de la suprema autoridad en que se manda o prohíbe algo conforme de la justicia y para bien de los gobernados.

S: Constitución, estatuto, norma, precepto, regla.

Otras variantes para analizar: norma, criterio, convenio, acuerdo, orden.

Derecho

La palabra latina jus, o sea derecho, deriva de la sánscrita yu, unir o enlazar, entendiéndose por esto que el derecho es un lazo de unión entre los hombres. Así se ha definido como conjunto de reglas de conducta, sancionadas con el imperio de la autoridad, a las que se ajustan las relaciones de los hombres en sociedad.

Justo, fundado, legítimo conforme a razón. Lo que marcha rectamente en el orden físico o lo que sin torcerse a un lado ni a otro, se encamina al logro de un fin y sirve moralmente de norma o guía para nuestros actos.

Comprensión

Facultad, perspicacia para entender y penetrar las cosas. Actitud comprensiva o tolerante.

S: alcance, entendimiento, inteligencia, penetración, perspicacia.

Tolerancia

Respeto hacia las ideas o prácticas ajenas, aunque repugnen a las nuestras.

S: Condescendencia, indulgencia.

Paciencia

Virtud consistente en sufrir los infortunios y trabajos sin que se perturbe el ánimo. Espera y serenidad para las cosas que se desean mucho.

S: Aguante, calma, conformidad, flema, tolerancia.

Compasión

Sentimiento de lástima y ternura por el trabajo, mal o desdicha que padece alguien.

S: Conmiseración, lástima, misericordia, piedad.

Respeto

del lat. Respetus,-us acción de mirar atrás. Acatamiento, veneración, obsequio que se hace a uno.

S: Atención, consideración, miramiento, obediencia, reverencia.

Amor

Afecto que mueve al ánimo a apetecer y gozar el bien verdadero o imaginado. Esmero y deleite con que se ejecuta una obra.

S: Adoración, afecto, afición, apego, cariño, dilección, querer.

Solidaridad

Adhesión circunstancial a una causa o empresa ajena.

Generosidad

Nobleza heredada de los antepasados. Propensión o inclinación del ánimo a anteponer el decoro al lucro y al interés. Esfuerzo en las empresas arduas.

S: Esplendidez, liberalidad, magnanimidad, munificencia, nobleza.

Compartir

Repartir, dividir, separar. Participar alguno en una cosa.

S: Ayudar, colaborar.

Participar

Tener una persona parte en alguna cosa o tocarle algo de ella. Dar parte, comunicar, noticiar.

S: Colaborar, compartir, contribuir, intervenir. Anunciar, comunicar, informar, notificar.

Comunicar

Hacer partícipe a otro de lo que uno tiene. Manifestar, descubrir, hacer saber a uno alguna cosa. Conversar o tratar con alguno de palabra o por escrito. Conferir, consultar el parecer de otros sobre un asunto.

S/P: Anunciar, avisar, manifestar, notificar, participar. Conversar, relacionarse, tratarse. Consultarse, conferir.

Diálogo

del lat. Diálogus. Toma del gr. Diálogos conversación de dos o de varios. Plática entre dos o más personas, que manifiestan sus ideas o afectos alternadamente

S / P: Coloquio, conversación, charla, palique, parlamento, plática.

Proteger

Def.: Amparar, ayudar, favorecer, defender.

Prójimo

(Del latín proximus) Todo hombre respecto de otro, desde el punto de vista de la caridad y la benevolencia que unos a otros se deben recíprocamente.

S: Semejante, próximo.

Gratitud

Sentimiento por el cual nos juzgamos obligados a apreciar el favor que se nos ha hecho o ha querido hacer y a corresponder a él de algún modo.

S: Agradecimiento.

Perdón

Remisión de la pena merecida, del agravio recibido o de una deuda u obligación pendiente.

S / P: Absolución, indulto, remisión.

Diversidad

Diferencia, desemejanza, variedad. Concurso o abundancia de varias cosas distintas.

S / P: Abundancia, diferencia, variedad.

Diverso

De distinta figura, número, especie, naturaleza, etc.

S / P: Diferente, distinto, otro, variado, vario.

Pluralidad

Multitud, abundancia y número grande de ciertas cosas, o el mayor número de ellas.

S/P: Multitud, diversidad.

Moderación

Cordura, sensatez, templanza en las palabras o en los hechos.

(Moderado: que guarda o conserva el medio entre los extremos).

S / P. Compostura, mesura, modestia, sobriedad, templanza, cordura, sensatez.

Mediar

Llegar a la mitad de alguna cosa real o figuradamente. Interceder, pedir o rogar por uno. Interponerse entre dos o mas que riñen o pelean, tratando de reconciliarlos o amigarlos.

Mediador: amigable, componedor, árbitro, conciliador, intercesor, intermediario.

Ética

del gr. Éthiká, neutro plural de dicho adjetivo. Parte de la filosofía que estudia la moral y las obligaciones del hombre.

Moral

Toma del lat. moralis íd. Derivación de mos, moris “ uso, costumbre”, “manera de vivir”. Dícese de lo que no concierne al orden jurídico, sino al fuero interno o al respeto humano. Ciencia que trata del bien y de las acciones humanas en orden a su bondad o malicia. Conjunto de facultades espirituales por contraposición a lo físico. Que no cae ni puede caer bajo la jurisdicción de los sentidos por ser de la apreciación de la conciencia o del entendimiento.

Deber

Del latían deberé íd. (derivado de habére “tener”). Sustantivado en el sentido de obligación moral. Estar obligado a algo por una ley natural o positiva. Por extensión, cumplir otras obligaciones nacidas de gratitud, respeto, cortesía etc.

Modales

Acciones externas con que cada persona se hace reparar y singularizar entre sus semejantes, dando a conocer su buena o mala educación.

S / P: ademanes, educación, maneras.

Libertad

del lat. Libertas, -atis, íd. Libertario. Facultad natural que tiene el hombre de obrar o de no obrar, y de obrar de una manera o de otra, siendo por ello responsable de sus propios actos.

Bien

del lat. Béne íd. Forma adverbial correspondiente a Bònus “bueno”Aquello que tiene en si mismo el complemento de la perfección, en su propio género o línea, o lo que es objeto de la voluntad, la cual solo se mueve por el bien, sea verdadero o aprehendido falsamente como tal.

S / P: Beneficio, favor, merced, regalo, utilidad.

Verdad

Del lat. Vèritas,-âtis, íd. Derivado de vêrus, verdadero. Conformidad de las cosas con el concepto que la mente forma de ellas. Conformidad de lo dicho con lo pensado o sentido. Proposición o juicio que según la razón no se puede negar.

S / P: Certeza, certidumbre, realidad.

Honor

Del lat. , honos –òris. Cualidad, virtud moral que nos obliga al más estricto cumplimiento de nuestros deberes respecto del prójimo y de nosotros mismos. Gloria o buena fama que sigue a las virtudes, a los méritos o a los actos heroicos y que trasciende a las familias, personas y acciones mismas del que la ha obtenido.

S / P. Estima, honra, reputación.

Dignidad

De digno: del lat. Dignus. Gravedad y decoro de las personas en el modo de comportarse.

S / P. Realce, excelencia. Dignificar

Paz

del lat. Pax, -cis, íd. Virtud que da sosiego y tranquilidad al ánimo. Tranquilidad pública de los estados en contraposición a la guerra. Sosiego y armonía de unos con otros, particularmente en las familias, opuestos a las disenciones, riñas y pleitos.

Tradición

Toma del latín, traditio, - onis, “entrega”. “transmisión”, derivador de tradére, “transmitir”, “entregar”.


EN TORNO DEL SIGNIFICADO DE LA PALABRA TOLERANCIA

Para hablar de la tolerancia comenzaremos indicando su significado y, para ello, lo buscaremos en el Diccionario de la Real Academia Española. Así, encontramos:

Tolerancia (del latín tolerantia): f. Acción y efecto de tolerar. // 2. Respeto y consideración hacia las opiniones o prácticas de los demás, aunque repugnen a las nuestras.// 3. Reconocimiento de inmunidad política para los que profesan religiones distintas de la admitida oficialmente. // 4. Diferencia consentida entre la ley o peso efectivo y el que tienen las monedas. // 5. Margen o diferencia que se consiente en la calidad o cantidad de las cosas o de las obras contratadas. // 6. Máxima diferencia que se tolera o admite entre el valor nominal y el valor real o efectivo en las características físicas y químicas de un material, pieza o producto. // de cultos. Derecho reconocido por la ley para celebrar privadamente actos de culto que no son los de la religión del Estado.

Leamos a continuación una ligera objeción emanada de una carta del Mahatma Gandhi dirigida a sus discípulos en 1930, durante su encarcelamiento en la prisión de Yerauda:
“No me gusta la palabra tolerancia, pero no encuentro otra mejor. La tolerancia puede llevar implícita la suposición, injustificada por otra parte, de que la fe de los demás es inferior a la nuestra, mientras que la ahimsa (la no violencia) nos enseña a respetar la fe religiosa del prójimo al igual que la nuestra, cuya imperfección reconocemos. Admitirlo será fácil para el que busca la verdad, para el que obedece a la ley del amor.”
“Si hubiésemos logrado una visión cabal de la verdad, ya no necesitaríamos buscarla, habríamos llegado a ser uno con Dios, pues la verdad es Dios. Pero puesto que aún tenemos que buscarla, continuamos haciéndolo, conscientes de nuestra imperfección.”

El investigador Pablo Latapí, de la Universidad Nacional Autónoma de México, publicó en el Boletín del Proyecto Principal de Educación en América latina y el Caribe un artículo titulado “¿Educación para la tolerancia? Equívocos, requisitos y posibilidades”. En él critica la definición de “tolerancia” dada por el diccionario de la Real Academia Española, con estas palabras:

“No quiero imaginarme una sociedad democrática -definida por este concepto- como un conjunto de personas que se aguantan unas a otras, que se soportan porque no les queda otro remedio y que están reprimiendo sus antipatías y animosidades recíprocamente.”
Latapí aporta algunos conocimientos de Historia que es importante reproducir:
“Suele decirse que el concepto de tolerancia brota en Europa con la ruptura del universo religioso cristiano y el problema práctico de la convivencia entre las diversas creencias.”
El mismo autor encuentra una equivalencia entre la tolerancia y la libertad de conciencia, lo que afirma de esta forma:

“Su naturaleza es inicialmente ética como expresión, todavía tímida, de la libertad de conciencia.”

Juan María Bandrés Molet, presidente de la Comisión Española de Ayuda al Refugiado, expresa en el prólogo del libro “La Tolerancia – Antología de Textos”, conceptos que también objetan la definición de la Real Academia. Leamos:

“La Real Academia de la Lengua debiera ampliar las acepciones del término ´tolerancia´. Tolerar puede ser, en algunas ocasiones, sufrir, aguantar, soportar, y hasta, incluso, como dicen los académicos, permitir lo que no se tiene por lícito. Pero tolerar es mucho más. Tolerar es una actitud del espíritu que tiene mucho que ver con la benevolencia, la comprensión, la condescendencia, la admisión del ´otro´ y la comprensión de la diferencia. La tolerancia es disculpar, consentir, dispensar, explicar y justificar. “La intolerancia ha estado históricamente en las raíces de toda injusticia. La tolerancia cuando se instala entre los humanos, es el fundamento de la auténtica convivencia.”

La Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) instituyó el año 1995 como Año de la Tolerancia y aprobó el 16 de noviembre de cada año (aniversario de la firma de la Constitución de la UNESCO), como Día Internacional para la Tolerancia. Además, ha aprobado las siguientes definiciones de tolerancia:

  1. La tolerancia es el respeto, la aceptación y el aprecio de la riqueza infinita de las culturas de nuestro mundo, de nuestras formas de expresión y medios de ser humanos. La fomentan el conocimiento, la apertura de ideas, la comunicación y la libertad de conciencia. La tolerancia es la armonía en la diferencia. No sólo es un deber moral, sino una obligación política. La tolerancia es la virtud que hace posible la paz y que contribuye a la sustitución de la cultura de guerra por la cultura de paz.

  2. La tolerancia no es concesión, condescendencia ni indulgencia. Ante todo, la tolerancia es el reconocimiento de los derechos humanos universales y de las libertades fundamentales de los demás. En ningún caso puede utilizarse para justificar el quebrantamiento de estos valores fundamentales. La tolerancia han de practicarla los individuos, los grupos y los Estados.

  3. La tolerancia es la responsabilidad que sustenta los derechos humanos, el pluralismo, la democracia y el estado de derecho. En torno a ella se articulan las normas afirmadas por el conjunto de los instrumentos internacionales relativos a los derechos humanos.

  4. Practicar la tolerancia no significa renunciar a las convicciones personales ni atemperarlas. Significa que toda persona es libre de adherir a sus convicciones individuales y aceptar que los demás adhieran a las suyas propias. Significa aceptar el hecho de que los seres humanos, naturalmente caracterizados por la diversidad de su aspecto, su situación, su forma de expresarse, su comportamiento y sus valores, tienen derecho a vivir en paz y a ser como son.

ACUERDO INSTITUCIONAL DE CONVIVENCIA

OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN

Marco del Acuerdo Institucional de Convivencia.

El Acuerdo Institucional de Convivencia es el conjunto de principios, normas, órganos y prácticas institucionales democráticas que regulan las relaciones entre los miembros de la comunidad de la institución y posibilitan el cumplimiento de los fines educativos específicos de la escuela.

PRINCIPIOS Y OBJETIVOS

El Acuerdo Institucional de Convivencia observa los principios consagrados en la Constitución Nacional, leyes de la Nación, Constitución de la Provincia de Buenos Aires, Declaración Universal de los Derechos Humanos, Convención sobre los Derechos del Niño (Ley 23.849), Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer (Ley 24.632), Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer como así también respeta las características, historia y principios de la institución educativa.

Son objetivos del Acuerdo Institucional de Convivencia

a)      Propiciar la participación democrática de todos los sectores de comunidad educativa, según la competencia y responsabilidad de cada uno, en la elaboración, construcción y respeto de las normas que rijan la convivencia institucional con el fin de facilitar un clima de trabajo armónico para el desarrollo de la tarea pedagógica.

b)      Promover, en toda la comunidad educativa, los siguientes valores humanos:

El respeto por la vida, la integridad física y moral de las personas;

La justicia, la verdad y la honradez;

La defensa de la paz y la no violencia;

El respeto y la aceptación de las diferencias;

La solidaridad, la cooperación y el rechazo de todo tipo de discriminación;

La responsabilidad ciudadana, el respeto a los símbolos patrios y el compromiso social;

La responsabilidad individual;

c)      Fomentar la práctica permanente de la evaluación de conductas según las pautas establecidas en el Acuerdo Institucional de Convivencia, como fundamento del proceso de educar.

d)      Facilitar la búsqueda de consenso a través del diálogo para el reconocimiento, abordaje y solución de los conflictos.

e)      Generar las condiciones institucionales necesarias para la retención del alumno y finalización de los estudios del nivel, su inserción laboral y continuidad de estudios superiores.

f)        Posibilitar la formación de los alumnos en las prácticas de la ciudadanía democrática, mediante la participación responsable en la construcción de una convivencia armónica en el establecimiento educativo.

g)      Proveer a la institución educativa de mecanismos eficaces para preservar la convivencia y disciplina.

 

ORGANIZACIÓN

El Acuerdo Institucional de Convivencia se organiza en la escuela con el Consejo Institucional de Convivencia y la participación de la comunidad educativa de acuerdo a su característica institucional y a lo dispuesto en la Resolución N° 1593/02.

 

NORMAS DE CONVIVENCIA Y SANCIONES

 

CRITERIOS DE APLICACIÓN

 

El Acuerdo Institucional de Convivencia se rige de acuerdo a los siguientes criterios:

 

a)      Utilización del diálogo como metodología para la identificación y resolución de los problemas de convivencia y disciplina.

b)      Análisis y reflexión sobre las situaciones conflictivas y sus causas y posibilidades de prevención.

c)      Contextualización de las transgresiones.

d)      Respeto irrestricto a la dignidad e intimidad de las personas.

e)      Garantía del derecho a ser escuchado y a formular descargo.

f)        Valoración del sentido pedagógico de la sanción.

g)      Reconocimiento y reparación del daño u ofensa a personas y/o bienes de la escuela o miembros de la comunidad educativa por parte de la persona y/o grupos responsables.

h)      Garantía del derecho a la información de los alumnos/as pasibles de sanción y a sus padres o tutores/as durante el proceso de decisión y una vez aplicada alguna sanción.

SANCIONES

Las sanciones a aplicarse a los alumnos son

 

a)      Observación disciplinaria oral.

b)      Observación disciplinaria escrita.

c)      Amonestaciones.

d)      Realización de acciones de reparación moral y/o material en beneficio de la comunidad escolar.

e)      Cambio de división.

f)        Cambio de turno.

g)      Suspensión.

h)      Separación del establecimiento.

Solicitan y/o aplican las sanciones, según circunstancias y niveles de gravedad de las faltas a las Normas de Convivencia y Sanciones:

Preceptores/as.

Ayudantes de Apoyo Pedagógico
Profesores/as.
Directivos.

La sanciones establecidas por los incisos a) y b) son aplicadas por los/las Preceptores/as, ayudantes de Apoyo Pedagógico, Profesores/as y Directivos del establecimiento, de acuerdo con las Normas de Convivencia y Sanciones establecidas por el Consejo Institucional de Convivencia.

Las sanciones establecidas en los incisos c), d), e), f), y g) son aplicadas por el/la Director/a del establecimiento, de acuerdo con las Normas de Convivencia y Sanciones establecidas por el Consejo Institucional de Convivencia.

La sanción establecida por el inciso h) es aplicada por el Director/a del establecimiento, de acuerdo con la recomendación del Consejo Institucional de Convivencia.

Las sanciones establecidas en los incisos b), c), d), e), f) y g) deben ser notificadas en forma fehaciente a alumnos/as, padres, madres o tutores/as indicando la causa y fundamento de la medida

CONSEJO INSTITUCIONAL DE CONVIVENCIA

CONSTITUCIÓN

Se constituye el Consejo Institucional de Convivencia como organismo colegiado, integrado por el/la Director/a del establecimiento y los distintos sectores de la comunidad educativa. Los miembros integrantes del Consejo Institucional de Convivencia, serán elegidos por votación de sus representados.

FUNCIONES

Son funciones del Consejo Institucional de Convivencia:

 

a)      Dictar el Reglamento Interno Estatutario para su funcionamiento.

b)      Elaborar las Normas de Convivencia y Sanciones del establecimiento educativo, en el marco de los principios establecidos en el presente Acuerdo Institucional de Convivencia.

c)      Analizar y revisar anualmente las Normas de Convivencia y Sanciones tomando en cuenta su grado de incumplimiento y sus causas; y proponer modificaciones a las mismas tomando en consideración las propuestas de los sectores representados en su seno.

d)      Articular las Normas de Convivencia y Sanciones con el Proyecto Educativo Institucional.

e)      Proponer la sanción al alumno ante la trasgresión a las normas de convivencia que sean remitidas a su consideración.

CLÁUSULA TRANSITORIA

El Director del establecimiento está facultado para la aplicación de las sanciones que considere más adecuadas por faltas disciplinarias aplicando el criterio de gradualidad en el marco de la Resolución N° 1593/02 y el presente Acuerdo Institucional de Convivencia hasta tanto se constituya el Consejo Institucional de Convivencia y dicte las Normas de Convivencia y Sanciones del establecimiento.

A fin del tratamiento de la organización constitutiva del Consejo Institucional de Convivencia y el dictado del Reglamento Interno Estatutario para su funcionamiento el/la Director/a convoca a una Comisión Redactora Ejecutiva de:

a)      Representantes de profesores/as.

b)      Representantes de preceptores/as.

c)      Representantes de ayudantes de apoyo pedagógico.

d)      Representantes de alumnos/as.

e)      Representantes de padres, madres o tutores/as.

Los representantes de los incisos a), d) y e) serán elegidos uno (1) por cada modalidad de Polimodal, uno (1) por cada TTP, 1 (uno) por BAoT y uno (1) por TPP.

Los representantes de los incisos b) y c) serán elegidos uno (1) por cada turno.

En todos los casos los miembros integrantes de la Comisión Redactora Ejecutiva del Reglamento Interno Estatutario del Consejo Institucional de Convivencia, serán elegidos por votación de sus representados.

A partir de la aprobación del Reglamento Interno Estatutario elaborado por los representantes de la Comisión Redactora Ejecutiva el Director del establecimiento a fin de constituir el Consejo Institucional de Convivencia convocará a elección de sus miembros para su integración.

Villa Celina, 4 de abril de 2003

 

 

 

 

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